Veri*Factu se aplaza a octubre de 2028: qué hay confirmado y qué hacer con tu TPV
Hacienda prevé aplazar Veri*Factu a octubre de 2028 para que coincida con la factura electrónica. Qué está aprobado, qué no y qué hacer con tu TPV.

El 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció que quiere aplazar Veri*Factu hasta octubre de 2028. Desde entonces nos han preguntado lo mismo muchos clientes con bar, tienda o despacho: «¿entonces ya no tengo que cambiar nada?». La respuesta corta es que todavía no hay que correr, pero tampoco conviene olvidarse. Aquí va lo que está confirmado, lo que no y qué tiene sentido hacer con tu programa de caja o de facturación.
Qué es Veri*Factu, en dos líneas
Es el reglamento que obliga a que los programas con los que se emiten facturas (el TPV de un bar, el programa de facturación de una asesoría, el de una tienda) guarden cada factura de forma que no se pueda borrar ni modificar sin dejar rastro. El ticket lleva un código QR y, si el programa trabaja en modo «VERI*FACTU», envía cada registro a la Agencia Tributaria en el momento. Está en el Real Decreto 1007/2023 y afecta a empresas y autónomos que facturan con un programa informático, también en Canarias: el IGIC no cambia nada, porque la obligación va ligada al Impuesto sobre Sociedades y al IRPF.
Las fechas que están en vigor hoy
Mientras no se publique el cambio en el BOE, mandan las fechas del Real Decreto-ley 15/2025, que ya retrasó un año el calendario original:
- 1 de enero de 2027 para las sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades).
- 1 de julio de 2027 para el resto, entre ellos los autónomos.
Esto es lo que dice la ley publicada. Lo de 2028 es, por ahora, un anuncio.
Qué anunció Hacienda el 5 de octubre
En una nota informativa, el Ministerio de Hacienda explica que quiere aplazar las obligaciones pendientes de Veri*Factu hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica obligatoria de las empresas y autónomos que facturan menos de 8 millones de euros al año. La idea es que nadie tenga que adaptar sus programas dos veces en poco tiempo.
La propia nota habla de «previsión». Para que el cambio sea obligatorio hace falta una norma publicada en el BOE, y mientras escribimos este artículo todavía no ha salido. Cuando salga, actualizaremos esta página con la fecha exacta.
La nota también deja claro que lo importante no cambia: los registros de facturación tendrán que seguir siendo íntegros, trazables e inalterables «en términos sustancialmente equivalentes». Es decir, la obligación llega más tarde, pero llega.
Y la factura electrónica, ¿cuándo?
Esa sí tiene fechas publicadas. La Orden HAC/1028/2026, en el BOE del 5 de octubre, arrancó los plazos de la factura electrónica entre empresas y profesionales. Según la Agencia Tributaria:
- 6 de octubre de 2027: empresas y profesionales que facturan más de 8 millones de euros al año.
- 6 de octubre de 2028: todos los demás, autónomos incluidos.
Ojo, son dos cosas distintas. Veri*Factu trata de cómo guarda tu programa las facturas que emites. La factura electrónica trata de cómo se las mandas a otras empresas: en un formato electrónico, no en un PDF por correo. Lo que quiere Hacienda es que las dos lleguen a la vez.
Qué hacer con tu TPV o tu programa de facturación
Si tu programa ya está preparado para Veri*Factu, no tienes que hacer nada más que mantenerlo actualizado. Muchos programas, como GLOP, ya traen la opción y permiten programar la activación para la fecha que toque. Con un aplazamiento, simplemente se activa más tarde.
Si tu programa no está preparado, ahora tienes más margen, pero no lo dejes para el último mes de 2028. Pregunta a quien te lo vende si piensa adaptarlo y cuándo. Si la respuesta es vaga, es buena señal para ir mirando otro.
Si estabas pensando en cambiar de TPV, no lo hagas por miedo a la fecha. Hazlo si el que tienes se te queda corto: si no te deja llevar el stock, si la cocina no recibe las comandas o si cuesta cuadrar la caja. Y al elegir uno nuevo, que esté preparado para Veri*Factu y para la factura electrónica, para no cambiar dos veces.
Y una advertencia: desconfía de quien te meta prisa con «adaptaciones urgentes» de pago. Hoy por hoy, la fecha más cercana que está en el BOE es el 1 de enero de 2027, y para la mayoría de negocios todo apunta a octubre de 2028.
Fuentes
- Ministerio de Hacienda: nota informativa del 5 de octubre de 2026 sobre el aplazamiento.
- BOE: Real Decreto 1007/2023, el reglamento de Veri*Factu.
- BOE: Real Decreto-ley 15/2025, con las fechas de 2027.
- BOE: Orden HAC/1028/2026, que pone en marcha los plazos de la factura electrónica.
- Agencia Tributaria: calendario de la factura electrónica y preguntas frecuentes de Veri*Factu.
Este artículo explica la situación a fecha de su publicación y no sustituye el consejo de tu asesoría.
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